La respuesta del Tribunal de Justicia de la Unión Europea
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en su reciente sentencia de 4 de octubre de 2024 en el caso C-548/21, ha establecido nuevos criterios sobre los límites legales que rigen el acceso de las fuerzas policiales a la información almacenada en dispositivos móviles.
Esta resolución refuerza la necesidad de respetar los derechos fundamentales de los ciudadanos y marca una línea clara entre la investigación criminal y la protección de la privacidad.
El caso: ¿puede la policía acceder a un móvil sin autorización?
El caso surgió en Austria, cuando la policía confiscó el teléfono de un sospechoso de tráfico de drogas e intentó acceder a su contenido sin obtener previamente autorización judicial ni la aprobación del Ministerio Fiscal.
Los agentes pretendían analizar datos personales como comunicaciones privadas, fotografías y el historial de navegación del sospechoso. Sin embargo, este acceso no solo carecía de una orden formal, sino que tampoco se documentó adecuadamente, lo que generó serias dudas sobre su legalidad.
Ante esta situación, se planteó una consulta al TJUE para determinar si estas prácticas vulneraban los derechos fundamentales recogidos en la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en particular el derecho a la privacidad y a la protección de datos personales.
El fallo del TJUE: proporcionalidad y control estricto
El TJUE estableció que las autoridades policiales pueden acceder a los datos almacenados en dispositivos móviles para prevenir, investigar, detectar y perseguir delitos, pero solo si la legislación nacional cumple con requisitos estrictos. Para que dicho acceso sea legal, la normativa debe:
- Definir con claridad las categorías de delitos en los que se permite la intervención sobre dispositivos móviles. No es admisible una regulación ambigua que permita el acceso indiscriminado a cualquier dato sin un criterio bien delimitado.
- Respetar el principio de proporcionalidad, es decir, el acceso a la información debe estar justificado en función de la gravedad del delito y la necesidad de la medida dentro de la investigación. No puede ser una acción arbitraria ni desproporcionada.
- Someterse a control judicial o administrativo independiente. Salvo en situaciones excepcionales y urgentes debidamente justificadas, el acceso a un teléfono móvil debe contar con la autorización previa de un juez o una entidad administrativa imparcial que garantice la legalidad de la actuación.
Implicaciones del fallo: protección de la privacidad y límites a la investigación policial
Esta sentencia refuerza la protección de los derechos fundamentales en la era digital, estableciendo que los dispositivos móviles contienen una gran cantidad de información personal sensible y, por lo tanto, deben estar sujetos a garantías estrictas frente a intervenciones estatales.
Asimismo, la decisión del TJUE puede tener repercusiones en la legislación de los países miembros, obligándolos a reformar sus normativas para ajustarse a los principios de proporcionalidad y control judicial.
En definitiva, el acceso policial a un móvil no es ilimitado: debe estar justificado, regulado y supervisado para evitar abusos que puedan comprometer el derecho a la privacidad.